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Directivos y encargados de Pro-Competencia reciben taller sobre libre acceso a la información

Los directores y jefes de departamentos y divisiones de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (Pro-Competencia) participaron en el Taller sobre la Ley Núm. 200-04 General de Libre Acceso a la Información Pública, impartido por expertos de la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG) y Oficina de Libre Acceso a la Información (OAI).

Esta capacitación formó parte de las actividades contempladas en el Plan Operativo Anual de la Oficina de Libre Acceso a la Información de Pro-Competencia, que dirige Noelia Rodríguez.

Rodríguez explicó que el objetivo del taller fue dar a conocer los aspectos generales de la ley Núm. 200-04, sus orígenes, así como de las innovaciones implementadas por el Estado para asegurar su real y efectivo cumplimiento.

La capacitación estuvo dirigida a los directivos y encargados con la finalidad de que los mismos puedan reforzar sus habilidades en el proceso de otorgar información oportuna y veraz a los ciudadanos, que es un derecho humano y una obligación de las entidades públicas.

El taller fue impartido por Brunilda Brito, analista de Transparencia de la DIGEIG, con el soporte de Braulio Antonio Polanco, técnico de la OAI.

Brito expuso que la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública No. 200-04 fue promulgada el 28 de julio del año 2004 con la finalidad de garantizar el derecho de los ciudadanos y ciudadanas de acceder a las informaciones del Estado.

“Es la obligación de cualquier Estado democrático de poner a disposición de sus ciudadanos, a través de los poderes e instituciones que lo conforman, las informaciones que revelen qué es y qué hace el Estado con los fondos públicos”, explicó Brito.

La analista destacó también la importancia de que las instituciones públicas mantengan actualizados sus portales de transparencia y enfatizó que la DIGEIG es la entidad encargada de supervisar que cumplan con esta obligación.

Indicó, asimismo, que el libre acceso a la información pública mejora la redición de cuentas, fomenta la participación ciudadana y permite un mayor nivel de transparencia estatal. La experta enfatizó que no cumplir con este deber puede tener graves implicaciones.

“El funcionario público o agente responsable que en forma arbitraria denegare, obstruya o impida el acceso del solicitante a la información requerida, será sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a dos años de prisión, así como con inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por cinco años”, expresó.

Fuente: Pro Competencia

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